Información
Las violencias sexuales vulneran el derecho fundamental a la libertad, a la integridad física y moral, a la igualdad y a la dignidad de las mujeres. La Ley Orgánica 10/2022, de 6 de septiembre de Garantía Integral de la Libertad Sexual, dispone la creación de Centros de Atención Especializada en Violencia Sexual, destinando así un recurso específico a la intervención con las víctimas supervivientes. Atendiendo a esta normativa, tienen la consideración de violencias sexuales los actos de naturaleza sexual no consentidos o que condicionan el libre desarrollo de la vida sexual en cualquier ámbito público o privado, lo que incluye la agresión sexual, el acoso sexual y la explotación de la prostitución ajena, la difusión de actos de violencia sexual a través de medios tecnológicos, la pornografía no consentida y la extorsión sexual. Asimismo, entre las conductas con impacto en la vida sexual, se consideran violencias sexuales la mutilación genital femenina, el matrimonio forzado, el acoso con connotación sexual y la trata con fines de explotación sexual.